Simulador LLC × residencia · Edición 2026.09

Si vivieras en El Salvador: cuánto pagarías por el beneficio de tu LLC

El Salvador es territorial: solo tributa la renta de fuente salvadoreña (art. 16 LISR). Desde el 22 de marzo de 2024 (Decreto 969, D.O. del 14 de marzo, en vigor ocho días después), el art. 3 numeral 4 LISR excluye del concepto de renta cualquier valor recibido del exterior (remuneración, utilidad o movimiento de capital), lo reciba una persona natural o jurídica, domiciliada o no. El beneficio de una LLC transparente por trabajo prestado fuera de El Salvador no es renta: no se declara ni se paga nada por él.

Isaac Cubero · Comprobado el 14 de septiembre de 2026 · territorial

A 100.000 US$ de beneficio

Pagarías
0 US$
Tipo efectivo
0 %
Te quedarían
100.000 US$

Con 100.000 US$ de beneficio de tu LLC y viviendo en El Salvador, pagarías 0 $ de impuesto sobre la renta (régimen territorial), con condiciones.

territorial

Renta excluida por ser de fuente extranjera (art. 3.4 LISR)0 US$
Total estimado0 US$

Fuentes: Decreto Legislativo 969 (12-mar-2024), D.O. N.º 52, Tomo 442: reforma el art. 3 LISR (numeral 4, renta excluida de fuente extranjera) · Decreto Legislativo 293 (30-abr-2025), D.O. N.º 79, Tomo 447: tabla vigente del art. 37 LISR (personas naturales) · Decreto Legislativo 957 (14-dic-2011): art. 41 LISR (renta de sociedades 30 %/25 %) y art. 72 LISR (retención 5 % sobre utilidades distribuidas) · Asamblea Legislativa de El Salvador, Buscador de Leyes y Decretos (asamblea.gob.sv); Ley de Impuesto Sobre la Renta, Decreto Legislativo 134 de 1991 · Tipo de cambio fijo 1 USD/USD.

Puesto 1 de 38 residencias por tipo efectivo a este beneficio.

Lo que asumimos
  • El trabajo se presta íntegramente fuera de El Salvador: sin clientes, servidores ni oficina en el país.
  • El beneficio y el dividendo son renta obtenida en el exterior según el art. 3.4 LISR: no hay escala que aplicar porque el resultado es 0.
  • Economía dolarizada desde 2001: 1 USD = 1 USD.
Lo que puede cambiarlo
  • Si prestas el servicio desde El Salvador, la renta pasa a ser de fuente salvadoreña (art. 16) y tributa con la escala del art. 37: 0 % hasta $6.600, 10 %, 20 % y 30 % después (cuotas fijas de $212,12, $720,00 y $3.462,86; la reforma de abril de 2025 solo movió el tramo exento, no el resto de la tabla).
  • El art. 3.4 no exige inversión mínima, residencia mínima ni plazo de tenencia: el texto del Decreto 969 no pone condiciones, a diferencia de la vacación fiscal uruguaya.
  • No hemos localizado un régimen de transparencia fiscal internacional (CFC) en la LISR: nada de lo revisado te imputa el beneficio no distribuido de la LLC o de la sociedad extranjera.
  • El Decreto 969 también derogó incisos de los arts. 14-A, 16 y 27 LISR sobre rendimientos de valores y depósitos en el exterior: la reforma busca facilitar el ingreso de capital, no crea un régimen de residente fiscal con requisitos.
Fuentes
  • Decreto Legislativo 969 (12-mar-2024), D.O. N.º 52, Tomo 442: reforma el art. 3 LISR (numeral 4, renta excluida de fuente extranjera)
  • Decreto Legislativo 293 (30-abr-2025), D.O. N.º 79, Tomo 447: tabla vigente del art. 37 LISR (personas naturales)
  • Decreto Legislativo 957 (14-dic-2011): art. 41 LISR (renta de sociedades 30 %/25 %) y art. 72 LISR (retención 5 % sobre utilidades distribuidas)
  • Asamblea Legislativa de El Salvador, Buscador de Leyes y Decretos (asamblea.gob.sv); Ley de Impuesto Sobre la Renta, Decreto Legislativo 134 de 1991
  • Tipo de cambio fijo 1 USD/USD.

A tres niveles de beneficio

Lo que pagarías en El Salvador según lo que gane tu LLC.

Beneficio anualImpuesto estimadoTipo efectivoTe quedarían
50.000 US$0 US$0 %50.000 US$
100.000 US$0 US$0 %100.000 US$
250.000 US$0 US$0 %250.000 US$

Y si no fuera una LLC

Las cinco estructuras más baratas desde El Salvador, repartiendo todo el beneficio.

EstructuraSociedadesRetenciónTú, en El SalvadorTotal
LLC en EE. UU.0 US$0 US$0 US$0 %0 US$
Free zone en EAU0 US$0 US$0 US$0 %0 US$
Ltd en Hong Kong8.250 US$0 US$0 US$8,3 %8.250 US$
EOOD en Bulgaria10.000 US$4.500 US$0 US$14,5 %14.500 US$
Ltd en Chipre15.000 US$0 US$0 US$15 %15.000 US$

Comparar las nueve estructuras desde El Salvador

Preguntas frecuentes

¿Una LLC de EE. UU. paga impuestos si vivo en El Salvador?

La LLC no paga impuesto federal en EE. UU. si no tiene actividad allí. El Salvador es territorial: solo tributa la renta de fuente salvadoreña (art. 16 LISR). Desde el 22 de marzo de 2024 (Decreto 969, D.O. del 14 de marzo, en vigor ocho días después), el art. 3 numeral 4 LISR excluye del concepto de renta cualquier valor recibido del exterior (remuneración, utilidad o movimiento de capital), lo reciba una persona natural o jurídica, domiciliada o no. El beneficio de una LLC transparente por trabajo prestado fuera de El Salvador no es renta: no se declara ni se paga nada por él.

¿Cuánto pagaría en El Salvador con 100.000 US$ de beneficio?

Con 100.000 US$ de beneficio de tu LLC y viviendo en El Salvador, pagarías 0 $ de impuesto sobre la renta (régimen territorial), con condiciones. Si prestas el servicio desde El Salvador, la renta pasa a ser de fuente salvadoreña (art. 16) y tributa con la escala del art. 37: 0 % hasta $6.600, 10 %, 20 % y 30 % después (cuotas fijas de $212,12, $720,00 y $3.462,86; la reforma de abril de 2025 solo movió el tramo exento, no el resto de la tabla).

¿El Salvador es un país territorial?

Sí: solo grava la renta de fuente local. El beneficio de una LLC operada desde fuera no tributa, con la condición de que el trabajo se preste fuera de El Salvador.

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La cifra es el principio. La estructura, la decisión.

Para ver El Salvador frente a las otras 37 residencias: la escalera completa.